Contacto
C/ Río Sella, 4, posterior, Local 5. 28934 Móstoles - Madrid.
Teléfono: 91.685.33.33
Fax: 91.685.33.34
El Procurador de los Tribunales es licenciado en derecho, inscrito en su respectivo colegio de procuradores. La figura del procurador se encuentra regulada en la LOPJ (arts. 543 a 546) en la LEC (arts. 23 a 34) y está regida por el Estatuto General de los Procuradores de los Tribunales de España (R.D. 1281/2002 de 5 de diciembre).
La Procura es una profesión libre, independiente y colegiada que tiene como principal misión la representación técnica de quienes sean parte en cualquier clase de procedimiento.
En definitiva: El Procurador es el representante procesal del ciudadano.
Las principales funciones de un procurador son:
-
Colaborar con los Órganos Jurisdiccionales en la administración de la Justicia.
-
Defender con profesionalidad los intereses de sus representados guardando secreto profesional de la información que éstos les revelen.
-
Ofrecer al cliente información objetiva y veraz sobre el desarrollo del proceso judicial.
-
Agilizar los procesos judiciales: Seguir los procedimientos desde la demanda y ocuparse de solucionar buena parte de los obstáculos que podrían retrasar la sentencia.
-
Responsabilizarse de los tramites: recibir y firmar emplazamientos, notificaciones, citaciones, etc. Asistir a todas las diligencias y actos necesarios en representación de su cliente.
-
Transmitir al abogado todas las resoluciones judiciales que firme así como los escritos que presente e igualmente comunicar al cliente las resoluciones judiciales más importantes y los escritos que presente en su nombre.
-
Pagar los gastos que genere el procedimiento, administrando la provisión de fondos, excepto la minuta del abogado y peritos.